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1ra. publicación - Proceso de encargo 2do. semestre

El artículo 24° de la Ley 909 de 20041, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 20192, en lo concerniente al encargo, entre otras cosas, dispuso “El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad”, por tanto, en el análisis de planta se enlistaron a los servidores y servidoras que por el grado salarial del empleo del que son titulares están más próximos(as) al empleo objeto de encargo. Por lo tanto, de no haber manifestaciones de interés por parte de los(as) enlistados(as) en mejor posición, se ampliará la publicación.

Las y los servidores que alguna observación relacionada con el análisis publicado, deberán radicar comunicación a través del Sistema de Gestión Documental de la Entidad (SIGA) su solicitud debidamente justificada, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, esto es del 21 al 25 de julio de 2023. Esta solicitud debe ser enviada a la Dirección de Talento Humano, dependencia que procederá con la respuesta a las solicitudes.